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Listado de ingredientes prohibidos por la UE a partir del 1 de marzo 2022

Si tienes un batiburrillo de leyes en tu cabeza y no sabes el listado de ingredientes a evitar en el sector cosmético, estás en el sitio correcto. En esta entrada queremos que resuelvas todas tus dudas y tengas claro qué ingredientes son los prohibidos, por qué y a partir de qué momento.  Aún así, te resumo: La normativa europea es de las más estrictas del mundo y obliga a que los productos, tanto los fabricados en Europa como los productos importados, cumplan una serie de requisitos. Si trabajas con productos “made in Europe”, despreocúpate. Si nos compras a nosotros, despreocúpate también.

¿Qué autoridades regulan esto? 

Entran en juego diferentes entidades pero hay dos que son las que debes conocer: La Comisión Europea y el Comité Científico de Seguridad del Consumidor (SCCS)

¿Dónde se recoge la información?
Todos los productos cosméticos y de perfumería que hay o que se vayan a poner a la venta en el mercado español y/o en Europa deben cumplir con el Reglamento (CE) 1223/2009 de Productos Cosméticos.

¿Por qué hay cambios en este reglamento?
De pronto, la Comisión Europea comenzó a dudar sobre el efecto perjudicial de algún ingrediente más de los que recoge el reglamento. Por ello, consultó al Comité Científico de Seguridad del Consumidor (SCCS), entre otros, la decisión de prohibirlos. Ante lo cual, se ve que el SCCS y otras entidades competentes le dieron la razón para prohibirlos. De esta manera, el 3 de noviembre de 2021, la Comisión Europea publicó el Ómnibus IV, también conocido como Reglamento (UE ) 2021/1902
¿¿El qué?? Es una enmienda al reglamento original, cuyo objetivo es incluir aquellas sustancias nuevas que habían sido clasificadas como CMR.

¿Qué son las sustancias CMR?
Son los ingredientes clasificados como Cancerígenos, Mutágenos o Reprotóxicos o tóxicos para la reproducción y, por tanto, prohibidos en la Unión Europea. Sin embargo, algunos de ellos en unos porcentajes concretos, son permitidos excepcionalmente para usos muy específicos.

¿Cuándo entra en vigor la prohibición?
La prohibición se aplicará el 1 de marzo de 2022.
Si bien la prohibición del uso de sustancias CMR se aplica automáticamente a los productos cosméticos (artículo 15 del Reglamento UE 1223/2009), su inclusión en el Anexo II del reglamento cosmético garantiza la seguridad jurídica y ahora, toda la información relevante, está disponible en un solo documento.

Lista de los 23 ingredientes prohibidos en cosmética

  1. Butilfenilmetilpropional (También conocida como Lilial o BMHCA) – CAS No. 80-54-6

Lilial es un alérgeno presente en algunas formulaciones cosméticas con perfume. A partir del 1 de marzo de 2022, los cosméticos que contengan butilfenilmetilpropional (Lilial) no pueden estar presentes en los productos cosméticos porque, según estudios en animales, podría ser tóxico para la reproducción.

  1. Piritiona de zinc – CAS No. 13463-41-7

Se permite esta sustancia en productos para el cabello que no se aclaran a una concentración máxima del 0,1% siempre y cuando no se utilice como conservante. Y como conservante hasta una concentración máxima del 1,0% en productos para el cabello que se aclaran y del 0,5% en otros cosméticos que se aclaran. No está permitido en productos de higiene bucal.

La piritiona de zinc ha sido clasificada como CMR 1B (tóxica para la reproducción) pero el Comité Cientifico del Consumidor (SCCS) ha declarado segura esta sustancia  como anticaspa en productos para el cabello que se aclaran hasta una concentración máxima del 1% como excepción.

Sin embargo, su uso en cosmética no puede concederse de forma excepcional. Por tanto, a partir del 1 de marzo de 2022, los cosméticos que contengan piritiona de zinc no estarán permitidos en el mercado de la UE.

Nuevas entradas en el anexo II

  • Fibras de carburo de silicio (con diámetro <3 μm, longitud> 5 μm y relación de aspecto ≥ 3: 1).
  • Tris (2-metoxietoxi) vinilsilano; 6- (2-metoxietoxi) – 6-vinil-2,5,7,10-tetraoxa-6-silaundecano.
  • Dilaurato de dioctilestaño y estannano, derivados de dioctil-, bis (coco aciloxi).
  • Dibenzo [def, p] criseno; dibenzo [a, l] pireno.
  • Ipconazol
  • Bis (2- (2-metoxietoxi) etil) éter; tetraglima
  • Paclobutrazol
  • 2,2-bis (bromometil) propano-1,3-diol
  • Ftalato de diisooctilo
  • Acrilato de 2-metoxietilo
  • N- (hidroximetil) glicinato de sodio; [formaldehído liberado de N- (hidroximetil) glicinato de sodio]
  • Flurocloridona
  • 3- (difluorometil) -1-metil-N- (3 ‘, 4′, 5′-trifluorobifenil-2-il) pirazol-4-carboxamida; fluxapyroxad
  • N- (hidroximetil) acrilamida; metilolacrilamida
  • 5-fluoro-1,3-dimetil-N- [2- (4-metilpentan-2-il) fenil] -1H-pirazol-4-carboxamida; 2’- [(RS) -1,3-dimetilbutil] -5-fluoro-1,3-dimetilpirazol-4-carboxanilida; penflufen
  • Iprovalicarb
  • Diclorodioctilestannano
  • Mesotriona
  • Himexazol
  • Imiprotrina7
  • Peróxido de bis (α, α-dimetilbencilo).

Fuente: Cosmeservice.com
Referencias:

-Comisión Europea. (2021). Reglamento (UE) 2021/1902 de la Comisión, de 29 de octubre de 2021, que modifica los anexos II, III y V del Reglamento (CE) n.o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso en productos cosméticos de determinadas sustancias clasificadas como cancerígenas. mutagénico o tóxico para la reproducción.

-Comisión Europea. (2021). Reglamento Delegado (UE) 2020/1182 de la Comisión, de 19 de mayo de 2020, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32020R1182&from=EN

-Comité Científico de Seguridad del Consumidor. (2020). Opinión sobre piritiona de zinc (ZPT) – Presentación III